La Agenda 2030 no menciona explícitamente la hipervigilancia. Sin embargo, algunos de sus objetivos podrían conducir a la implementación de políticas de hipervigilancia.

Por ejemplo, el Objetivo 16, que se centra en la paz, la justicia y las instituciones sólidas, establece la meta de promover sociedades pacíficas e inclusivas para el desarrollo sostenible, proporcionar acceso a la justicia para todos y construir instituciones eficaces, responsables e inclusivas a todos los niveles.

Este objetivo podría conducir a la implementación de políticas de vigilancia para combatir el crimen y el terrorismo. Por ejemplo, los gobiernos podrían implementar sistemas de vigilancia de video en las calles y los espacios públicos para identificar y rastrear a los criminales y terroristas.

Además, el Objetivo 17, que se centra en la cooperación para el desarrollo sostenible, establece la meta de fortalecer los medios de implementación y revitalizar la Alianza Mundial para el Desarrollo Sostenible.

Este objetivo podría conducir a la cooperación entre los gobiernos para compartir información y datos de vigilancia. Esto podría facilitar la vigilancia a nivel internacional.

Sin embargo, es importante señalar que la Agenda 2030 también reconoce la importancia de la privacidad y la protección de los datos. El Objetivo 16 establece la meta de garantizar el acceso a la información y proteger la privacidad en línea y fuera de línea.

Este objetivo podría conducir a la implementación de políticas que protejan la privacidad de las personas frente a la vigilancia. Por ejemplo, los gobiernos podrían aprobar leyes que regulen la recopilación y el uso de datos personales.

En última instancia, el impacto de la Agenda 2030 en la hipervigilancia dependerá de las políticas específicas que se adopten. Es posible que la Agenda 2030 conduzca a un aumento de la hipervigilancia, pero también es posible que conduzca a la implementación de políticas que protejan la privacidad de las personas.